En julio de 2025, los contribuyentes deben prestar atención a varias fechas importantes relacionadas con sus obligaciones tributarias. A continuación, se detallan las principales fechas y modelos impositivos que requieren atención en este periodo:
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ToggleHasta el 14 de julio
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216: Declaraciones correspondientes al mes de junio de 2025.
Hasta el 21 de julio
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216: Presentación de declaraciones mensuales correspondientes a junio de 2025.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Modelo 303: Autoliquidación mensual correspondiente a junio de 2025.
- Modelo 322: Grupo de entidades, modelo individual, junio de 2025.
- Modelo 353: Grupo de entidades, modelo agregado, junio de 2025.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, junio de 2025.
- Modelo 380: Operaciones asimiladas a las importaciones, junio de 2025.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Modelos 130 y 131: Pagos fraccionados correspondientes al segundo trimestre de 2025.
- Impuesto sobre Sociedades:
- Modelo 202: Pago fraccionado correspondiente al segundo trimestre de 2025.
- Modelo 222: Pago fraccionado, régimen de consolidación fiscal, segundo trimestre de 2025.
Hasta el 25 de julio
- Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español):
- Modelos 200, 206 y 220: Declaración anual 2024 para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
- Modelo 221: Declaración de prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria, año 2024, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
- Modelo 282: Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes, año 2024, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
- Modelo 283: Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen fiscal especial de las Illes Balears por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes, año 2024, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
Hasta el 30 de julio
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Modelo 369: Ventanilla única – Régimen de importación, correspondiente a junio de 2025.
Hasta el 31 de julio
- Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas:
- Modelo 718: Declaración correspondiente al año 2024.
Es fundamental que los contribuyentes revisen sus obligaciones fiscales y se aseguren de presentar las declaraciones correspondientes dentro de los plazos establecidos para evitar posibles sanciones. Para más información y acceso a los modelos mencionados, se recomienda visitar la página oficial de la Agencia Tributaria.
Enlace al calendario de la Agencia Tributaria: (enlace)