En junio de 2025, los contribuyentes deben prestar atención a varias fechas importantes relacionadas con sus obligaciones tributarias. A continuación, se detallan las principales fechas y modelos impositivos que requieren atención en este periodo:
Índice de este artículo
ToggleHasta el 2 de junio y desde el 2 de junio al 30 de junio
- Declaración de la Renta y Patrimonio 2024:
- Modelos 100 y 714: Presentación de las declaraciones correspondientes al ejercicio 2024.
Hasta el 12 de junio
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216: Declaraciones correspondientes al mes de mayo de 2025.
Hasta el 20 de junio
- Retenciones e ingresos a cuenta:
- Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216: Presentación de declaraciones mensuales correspondientes a mayo de 2025.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Modelo 303: Autoliquidación mensual correspondiente a mayo de 2025.
- Modelo 322: Grupo de entidades, modelo individual, mayo de 2025.
- Modelo 353: Grupo de entidades, modelo agregado, mayo de 2025.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, mayo de 2025.
- Modelo 380: Operaciones asimiladas a las importaciones, mayo de 2025.
Hasta el 25 de junio
- Declaración de la Renta y Patrimonio 2024:
- Modelos 100 y 714: Presentación de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
Hasta el 30 de junio
- Declaraciones informativas:
- Modelo 282: Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente, correspondiente al año 2024.
- Modelo 283: Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen fiscal especial de las Illes Balears por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente, correspondiente al año 2024.
Es fundamental que los contribuyentes revisen sus obligaciones fiscales y se aseguren de presentar las declaraciones correspondientes dentro de los plazos establecidos para evitar posibles sanciones. Para más información y acceso a los modelos mencionados, se recomienda visitar la página oficial de la Agencia Tributaria.
Enlace al calendario de la Agencia Tributaria: (enlace)